El Derecho Laboral dispone de fuentes de carácter general
como las de otras disciplinas jurídicas (Constitución, las leyes, las
costumbres y los usos; la jurisprudencia; la doctrina y los principios
generales).
Dispone además de fuentes propias, particulares y
específicas, que, como es obvio, no aparecen en otras disciplinas jurídicas,
ellas son: El Contrato de Trabajo; el Reglamento Interno de Trabajo; Las
Convenciones Colectivas; los Pactos Colectivos; los Principios propios del
Derecho Laboral y los Convenios Internacionales sobre el Trabajo.
PIRÁMIDE DE KELSEN
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Manifestación individual - colectiva.
Art 25: Obligación social, se protege a través de la norma.
Art 26: Libertad, nadie me impide que haga algún oficio.
Art 37: Adscrito a cualquier grupo social no preciso a
trabajadores.
Art 38: Libre asociación.
Art 39: Sindicatos establecido para trabajadores y patrones.
Art 44: Protección a los niños y los protege el horario que
deben trabajar.
Art 48: Produce reforma de pensiones convencionales, las
acabo.
Art 54: El estado debe capacitar y el tratar diferente a
individuos discapacitados.
LA LEY
Toda normatividad que regula el código, la ley no puede
menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.
Código Sustantivo del Trabajo.
El Derecho Laboral dispone de fuentes de carácter general
como las de otras disciplinas jurídicas (Constitución, las leyes, las
costumbres y los usos; la jurisprudencia; la doctrina y los principios
generales).
Dispone además de fuentes propias, particulares y
específicas, que, como es obvio, no aparecen en otras disciplinas jurídicas,
ellas son: El Contrato de Trabajo; el Reglamento Interno de Trabajo; Las
Convenciones Colectivas; los Pactos Colectivos; los Principios propios del
Derecho Laboral y los Convenios Internacionales sobre el Trabajo.
PIRÁMIDE DE KELSEN
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Manifestación individual - colectiva.
Art 25: Obligación social, se protege a través de la norma.
Art 26: Libertad, nadie me impide que haga algún oficio.
Art 37: Adscrito a cualquier grupo social no preciso a
trabajadores.
Art 38: Libre asociación.
Art 39: Sindicatos establecido para trabajadores y patrones.
Art 44: Protección a los niños y los protege el horario que
deben trabajar.
Art 48: Produce reforma de pensiones convencionales, las
acabo.
Art 54: El estado debe capacitar y el tratar diferente a
individuos discapacitados.
LA LEY
Toda normatividad que regula el código, la ley no puede
menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.