miércoles, 27 de septiembre de 2017

DESCANSOS DEL TRABAJADOR

Hora de almuerzo


La jornada laboral debe dividirse en, por lo menos, 2 secciones con un descanso intermedio, el cual no se contará en la jornada de trabajo diaria.

¿Cómo se remunera el trabajo desarrollado en dominicales o en días festivos?


El trabajador que labore habitualmente en día de descanso obligatorio tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado, sin perjuicio de la retribución en dinero prevista en el artículo 180 del Código Sustantivo del Trabajo.

Descanso dominical y festivo


La empresa está en la obligación de conceder el día domingo al trabajador como descanso remunerado. La duración mínima de este descanso debe ser de 24 horas. Tienen derecho al descanso dominical remunerado, los empleados que hayan laborado todos los días de la semana, y si llegaren a faltar debe haber sido por una justa causa o por culpa o disposición de la empresa, de lo contrario se pierde el derecho al descanso dominical remunerado.


EXPLOTACIÓN LABORAL


El concepto de explotación laboral presenta normalmente varias características y generalmente todas ellas se manifiestan de forma conjunta. Por una parte, la jornada de trabajo supera con creces las 8 horas diarias y no se respetan los tiempos de descanso. El salario es muy inferior al establecido según los convenios en vigor. Por otro lado, el trabajo se realiza en condiciones precarias (sin la seguridad necesaria y sin las suficientes condiciones técnicas).


Casos de explotación laboral


• Trabajar jornadas seguidas sin tener descanso alguno.
• Trabajar exceso de horas.
• Trabajar en días festivos y no ser remunerados o compensados.
• Impago o retraso de los pagos.
• Hacer trabajos durante el descanso del trabajador.

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